Se trata en la sesión del 1 de julio

 

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

BRAGADO

Proyecto de Decreto Ref.: Declaración de Interés Legislativo “El centésimo aniversario de creación del Colegio de Abogados de Mercedes”

VISTO:

Que citando y compartiendo lo expresado por el actual Presidente del Colegio de Abogados de Mercedes, puede afirmarse que es una institución que nació con principios y objetivos sólidos que nunca abandonó ni permitió que se desvíen; que es respetada en todo el país y señera de la sociedad de este Departamento Judicial, integrada por Abogados que trabajaron fuertemente por los problemas que en cada momento existieron en relación al derecho, la justicia y el ejercicio de la abogacía, y

CONSIDERANDO:

Que los orígenes de su existencia se remontan entre otros antecedentes a la sesión de la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires del 16 de octubre de 1912, donde se acordó la formación de una Comisión Especial encargada de investigar las causas de la morosidad judicial en la justicia bonaerense, tarea que dio como resultado la confección de un meritado informe comprensivo de las conclusiones a las que se habían arribado, anexando la compilación de las principales cédulas españolas, leyes, decretos y resoluciones referentes a disposiciones orgánicas sobre administración de justicia, dictadas desde la época colonial hasta la fecha de suscripción del trabajo que realizaron los legisladores Tomás Jofré, Ernesto E. Ramírez, Luis J. Ruiz Guiñazú, Ricardo Bello y Aurelio F. Amoedo, entre otros.

Que el informe contó también con un apartado en el que figuran las opiniones de magistrados, funcionarios judiciales y abogados de nota a los que se consultó sobre reformas necesarias a introducirse en los tribunales e ilustrando con cuadros estadísticos, resúmenes de movimiento de expedientes, etc.

Que precisamente el informe de la Comisión Especial presidida por el Dr. Tomás Jofré -a la sazón vecino de la ciudad de Mercedes- señala la necesidad de contar con colegios de abogados en cada uno de los departamentos judiciales; la obra la editó la Imprenta de Talleres Oficiales en enero de 1916, esto es en los días preliminares del mismo semestre en el que se constituyó el Colegio mercedino como asociación privada.

Que aquellas propuestas colectadas entre 1912 y 1915 en cuanto a creación de colegios públicos se materializó en 1944 al oficializar el Interventor Federal en la provincia de Buenos Aires, doctor Julio Oscar Ojea, mediante el decreto 543/1944, los colegios existentes, medida que tuvo breve tiempo aplicatorio por haber declarado la Suprema Corte en octubre de 1945 su invalidez en orden a que el acto provenía de un comisionado federal. Por último, se debe al gobierno constitucional del coronel (RE) don Domingo Alfredo Mercante, ungido en 1946, la sanción y promulgación de la ley 5177, norma que instituye los colegios y regula la acción de los profesionales del derecho.

Que en cuanto al origen mismo del Colegio Mercedino el antecedente formal se encuentra en su acta fundacional, aunque claramente existieron innumerables gestiones que no se encuentran documentadas.

Que el 23 de junio de 1916 la Sala de Audiencias del Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal N° 1, sita en la Casa de Justicia de 27, 26 y 28, por entonces a cargo del Dr. Manuel Fernández Cutiellos fue escenario de la Asamblea de creación del Colegio de Abogados.

Que la misma se inició con palabras del Dr. Julio Oscar Ojea y una lectura de la carta que él recibiera de parte del Dr. José D. Espeche como Presidente del Colegio de Abogados de Bahía Blanca

Que en uso de la palabra el Dr. Ojea manifestó “… que los colegas de este Foro habían apoyado la idea, y que por ello se encontraban reunidos en Asamblea…”indicó, también, la adhesión verbal o por escrito expresada por otros profesionales y que a los fines “… de facilitar la tarea de la asamblea, presentaba un proyecto de estatutos provisorios que con los modelos de Buenos Aires y Bahía Blanca habían sido redactados por el Dr. Fernando Bustamante, con la cooperación de varios compañeros…”.

Que tras el prólogo del congregante, el Dr. Julio A. Rojas propuso la designación como presidente de la Asamblea del Dr. Adolfo Laguna, y como secretario la del Dr. Julio Oscar Ojea; apoyada por unanimidad la moción los nominados aceptaron la responsabilidad encomendada por sus pares y pasaron al tratamiento del proyecto de estatutos de autoría del Dr. Bustamante, el que una vez aprobado procedieron de inmediato a conformar la comisión Directiva a cuyo frente quedó el Dr. Adolfo Laguna, componiéndola como vicepresidente el Dr. Leopoldo Ojea, Secretario Dr. Fernando Bustamante, Tesorero Dr. Emilio Castro, Vocales Dres. Angel María Esquer y Juan M. Pisano. Al día siguiente el Dr. Esquer presentó su renuncia y asumió el Dr. Julio A. Rojas

Que entre los objetivos institucionales, El Colegio de Abogados de Mercedes estableció  “…fomentar y sostener la rectitud y la ilustración en el ejercicio de la abogacía y el decoro de los abogados, y velar por la buena marcha de la administración de justicia…” objetivo que ha perseguido inalterablemente a lo largo de estos cien años de existencia.

Este fue el espíritu rector del Colegio de Abogados de Mercedes, el cual desde los abogados fundadores entre los cuales se puede citar a los  doctores Julio Oscar Ojea, Adolfo Laguna, Fernando M. Bustamante, Absalón Rojas, Julio A. Rojas, J. Florencio Ortiz, Guillermo Acuña Anzorena, Miguel Calderón, Juan M. Pisano, Celedonio Carranza, Francisco Saralegui, Francisco Pérez, Juan B. Parody, Emilio Iglesias, Emilio Castro, Alberto Rivas, Juan M. Gorostiaga y F. Juvenal Peltzer, y luego Carlos Jofré, Leopoldo Ojea, Justino Ojea, Luis Grisolía, Aurelio Acuña, Luis F. Acuña, Gaspar López Costa, B. Casey, José Figueroa, Salvador Fornielles, Atilio R. Iglesias, Miguel Bargalló, Luis Tiscornia, Ángel María Esquer, Pedro Hernández, Nicolás Savio, Florencio Ballesteros, Juan Bustos Fernández, Santiago Balado, Luis Alvarez Prado, Alfredo Busquet, Gregorio Gallegos, Obdulio Siri, Pablo González Escarrá, Horacio Toscano, Eduardo Zimermann, Jacinto Dubarry y Humberto Briosso entre otros, hasta el día de la fecha, con su actual conformación presidida por el Dr. MATEO LABORDE, quien además resulta Presidente del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, cargo que llena de orgullo y satisfacción a toda  la comunidad de Bragado, por tratarse de un hijo de este territorio.

Que muchos fueron los logros obtenidos por el Colegio de Abogados de Mercedes desde su creación hasta la fecha, entre ellos haber sido el impulsor de la creación de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, siendo testimonio de ellos las palabras que se dijeron  al celebrarse el sexagésimo aniversario de la fundación de dicha institución, “…a la feliz coincidencia de los Colegios de Abogados de Buenos Aires, Dolores, Rosario, Mendoza, Mercedes (B) y San Juan se debió el nacimiento de la entidad que a poco se convertiría en la genuina representación de los abogados argentinos…”.

Que todo lo expuesto, además de resaltar la importancia e incidencia que ha tenido a lo largo de cien años la existencia del Colegio de Abogados de Mercedes, en el Partido de Bragado, en lo referido al ejercicio de la profesión de abogado, y además los enormes desafíos que se presentan de cara al futuro de la mano de la innovación tecnológica, evolución del derecho, y dificultades que atraviesa la sociedad en general como así también el ejercicio de la profesión de abogado es que

POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

                                                           DECRETO

ARTICULO 1°: DECLARESE de Interés Legislativo el “CENTESIMO ANIVERSARIO” de la creación del Colegio de Abogados de Mercedes.

ARTICULO 2°: TESTIMONIESE a través de la entrega de una copia autenticada del presente Proyecto al Señor Presidente del COLEGIO DE ABOGADOS DE MERCEDES Doctor MATEO LABORDE.-

ARTICULO 3°: NOTIFIQUESE al COLEGIO DE ABOGADOS DE MERCEDES..


Fuente: CADJM